Club La Pepa
"SUBE,QUE SUBE, QUE SUBE, TREPA QUE TREPA QUE TREPA, EN UN RINCÓN OSCURO DEL CASTILLO ESTÁ LA HIJA ART. 3) Estos son los fines del Club "LA PEPA". Firmado.
C L U B " L A P E P A " E S T A T U T O S
CAPITULO 1º INTRODUCCION
ART.1) Bajo la denominacion "Club La Pepa" queda
constituida una asociacion civil, de caracter
ludico-deportiva sin fines de lucro y que se
regira por estos Estatutos a tenor de las dis-
posiciones conferidas en las vigentes leyes. ART.2) Este Club es una organizacion de base en el
campo del deporte pero muy especialmente
en el ciclismo semirural, termino acuñado por
el famoso docente procedente de Castilla la
Vieja Profesor Eutiquio y para realizarse las
distintas actividades sera preceptivo contar
con un Centro Logistico de avituallamiento a
ser posible con profusion de cervezas frescas
amen de tapas variadas como comida de montes,
morcillitas caseras, chorizitos en orza impregna-
dos de manteca colorada o similares. a) Contribuir a la formacion fisica y moral de sus
asociados. b) Promover a traves del deporte y de buenas reu-
niones especialmente en Ventas y Establecien-
tos dedicados al buen yantare (o manducare),
los valores civicos de todos sus componentes/tas. c) Incentivar la participacion activa de la Educacion
Fisica en gimnasios o salas de similar esfuerzo y
el pedaleo sobre dos ruedas. d) Impedir que los asociados obtengan lucro de las
actividades que se establezcan. ART. 4) El Club "La Pepa" no podra tomar parte ni per-
mitira en su seno discusiones de tipo politico o
religioso. ART. 5) La sede del Club con caracter provisional, se ubica
en el Centro "WELLNES 02" con domicilio en la ca-
lle Plaza de Toros Vieja nº 7
CAPITULO 2 DE LOS ASOCIADOS
ART. 6) Pueden ser socios del Club "La Pepa" las personas
que deseen integrarse en su seno y que esten
conformes con estos Estatutos. ART. 7) Los socios del Club "La Pepa" se clasifican en dos niveles:
a) Socios/as Mayores/Mayoras de Edad
b) Socios Supermayores de Edad
ART. 8) Para ser socio de este Club se requiere.:
a) Solicitar ser admitido ante el Coordinador
accidental hasta que este formada la nueva JD (Jun-
ta Directiva)
b) No ser mujeriego, trasnochador o moña para
los caballeros y no ser señora de vida facil
para las Damas. ART. 9) Obligaciones de los asociados:
a) Cumplir estos estatutos
b) Acatar los acuerdos tomados por la JD cuando
esta se establezca
c) Intervenir voluntariamente en las elecciones
emitiendo su voto particular. d) Asistir, cuando le sea posible, a los eventos ludico-
deportivos que se programen y especialmente a
aquellos de caracter cultural , verbigracia: Confec-
cion de paellas y otros guisos de sabores ancestra-
les aunque con reminiscencias mozarabes como
el corte especial del jamon iberico o degustacion de
todas las variaciones procedentes del guarro citado. e) Proponer toda clase de actividades que no se aparten
de lo relatado en este dilatado Estatuto. ART. 10) Derechos de los Socios/as
a) Elegir y ser elegidos miembros de la JD
b) Promover las modificaciones que crean oportunas
c) Ejercer su derecho a voz y voto en la AG (Asamblea
General)
d) Velar celosamente por el prestigio del Club "LA PEPA"
CAPITULO 3º LA ASAMBLEA DE SOCIOS
ART. 11) La maxima autoridad de este Club es la AG
ART. 12) La AG se reunira una vez al año en las fechas que
determinen las personas que estan realizando la labor
de poner en marcha este Club. ART. 13) La AG podra reunirse con caracter extraordinario
cuantas veces sea necesario
CAPITULO 4º LA JD (JUNTA DIRECTIVA)
ART. 14) Los miembros de la JD que se organice seran elegidos
por AG mediante votacion personal y secreta. ART. 15) Esta es la composicion de la futura JD:
a) Gran Jefe o Gran Jefa (Sera la cabeza visible del Club)
b) Tesorero (NO SE CONTEMPLA)
c) Miembros (Varones y Mujeres)
ART. 16) La AG de socios se celebrara en el verano de 2011 y hasta
esa fecha se establece el nombramiento provisional
de un Coordinador Accidental en la persona de D.Fcº Carrillo
Fernández. ART. 17) Una vez aprobados estos Estatutos por los socios del Club,
seran remitidos a la Subdelegacion del Gobierno de esta
Provincia para su posterior homologacion. Una vez conce-
dido el placet a los mismos por la Autoridad Gubernativa,
el Coordinador Acctal procedera al envio de un ejemplar
de los mismos a cada socio del Club "La Pepa" para su
conocimiento y efectos oportunos. En malaga a los veintidos dias del mes de Febrero del año dos mil once. Corregido y redactado. Remitase a quien convenga si a
su derecho conviene. Francisco Carrillo Fernández Coordinador Accidental del Club "LA PEPA"
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